La publicación de la orden ministerial HAC/1028/2026 da el pistoletazo de salida de la implantación de la facturación electrónica en España. Esta orden ministerial regulará la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de las empresas.

Esta normativa contempla la obligatoriedad del uso de la factura electrónica entre empresas y autónomos, así como la notificación de los estados de pago de las diferentes facturas. También se prevé una plataforma pública para enviar las facturas (SPFE) y la notificación del estado de pago. Se prevé la existencia de plataformas privadas, siempre y cuando éstas remitan copia fiel a la solución pública.

El sistema se basará en el formato UBL sobre EN 16931

La implantación será progresiva:

  • 6 de octubre de 2027 (12 meses desde la Orden) para las empresas con un volumen de facturación superior a 8 millones de euros.
  • 6 de octubre de 2028 (24 meses desde la Orden) para el resto de empresas y autónomos.
  • 6 de octubre de 2029 (36 meses desde la Orden) para que los autónomos y entidades en régimen de atribución de rentas para la remisión de estados de pago.

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